¡Hola! ¿Cómo podemos ayudarte?

Canje de licencia de conducir Española

Canje de licencia de conducir Española

Convenio entre el Reino de España y República de Panamá

Tabla de equivalencia entre los permisos de conducción del Reino de España y la República de Panamá

CATEGORÍA DE LICENCIA DE CONDUCIR DEL REINO DE ESPAÑAEQUIVALENTE DE TIPO DE LICENCIA EN PANAMÁ
Categoría A2Tipo B
Categoría BTipo C
Categoría C1Tipo D*
Categoría CTipo F*
Categoría C+ETipo G*
Categoría D1Tipo E2* (No aplica a extranjeros)
Categoría DTipo E3 y F* (Extranjeros sólo tipo F)

NOTA: 

Las categorías panameñas A, E1, H e I no son canjeables.

Para canjear (intercambiar) la licencia de conducir española por una licencia de conducir panameña tienes que saber lo siguiente:

  • El canje de licencia de conducir español por licencia de conducir panameña, se realiza una sola vez.
  • No se requiere realizar pruebas si se opta por las categorías B y C.
  • Recuerda revisar la vigencia de su licencia de conducir española.
  • Los días sábado, no se cuenta con cajero en algunas sucursales; por lo que el pago de trámite de licencia puede ser efectuado a través de la red de cajeros automáticos de telered y banca en línea (según la disponibilidad de su banco).
  • Si opta por una licencia de tipo D, E2, E3, F, G, debe realizar la(s) validación(es) práctica(s), de acuerdo a su solicitud. Es importante que lleve el vehículo adecuado.

Para realizar sus trámites, es indispensable hacer su cita*, a través de licencia.com.pa

*Tercera edad, jubilados, pensionados y persona con discapacidad no requieren previa cita.

REQUISITOS

  • Original y copia de carné de migración vigente.
  • Original y copia de pasaporte ordinario vigente según la nacional descrita en el carné de migración.

Importante: si eres panameño o extranjero con cédula tipo E- ó N, se debe presentar original y copia cédula de identidad personal vigente.

  • Presentar la licencia de conducir original de tu país emisor, vigente con las características de seguridad señaladas por el gobierno español. No aceptamos licencias deterioradas. *Esta licencia debe ser entregada para que se pueda realizar el canje de licencia de conducir.
  • Certificación de la licencia de conducir emitido por Embajada o Consulado de España en Panamá.
  • Cotejo de la licencia, sellada y firmada por parte de la Embajada o Consulado de España en Panamá.
  • Autenticar la firma del documento de certificación y cotejo de la licencia de conducir española, en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá.
  • En el caso de que no lo indique tu licencia, se debe presentar tipo de sangre y factor RH de un laboratorio autorizado por el Consejo Técnico de Salud Pública del Minsa (Debes presentar sello y firma legible del técnico o laboratorista, número de documento y nombre completo).

*Si se desea aplicar a la categoría D, debe presentar un resultado negativo de consumo de estupefacientes (marihuana y cocaína). Debe indicar el nombre completo, número de cédula para nacionales y número de pasaporte para extranjeros, con sello y firma del tecnólogo médico o laboratorista. Tiene un periodo de validez de seis (6) meses, a partir de la fecha de emisión del documento.

Importante:

  • El pago debe ser realizado en la sucursal donde inició su trámite.
  • Toda documentación aportada debe estar en buen estado y sin deterioros.
    *Aplica para todos los requisitos.
  • Todos los documentos presentados deben cumplir con los lineamientos de seguridad.
  • Para toda persona aspirante a una licencia de conducir a partir de los 70 años de edad deben presentar un certificado de buena salud física y mental por parte de un doctor especialista en medicina interna o geriatría. El documento debe tener el nombre completo, número identificador único: cédula para nacionales y pasaporte para extranjeros, sello y firma fresca del médico. Tiene un periodo de validez de seis (6) meses, a partir de la fecha de emisión del documento.
  • Todo extranjero registrado bajo un estatus migratorio limitado, solo podrá optar por las categorías A, B y C.
  • La emisión de la licencia de conducir está condicionada al cumplimiento de lo establecido en el reglamento de tránsito y que todos los requisitos estén vigentes al momento de la impresión del documento.
  • Los nombres y apellidos deben coincidir o ser iguales en todos los documentos o requisitos presentados.
  • Para los extranjeros con residencia temporal, la vigencia de la licencia de conducir se determina según la expiración del carnet de migración o hasta cuatro (4) años; lo que ocurra primero.
    Toda persona a partir de los setenta (70) años puede optar por la licencia de conducir con vigencia de dos (2) años.
    Si se tiene un arreglo de pago activo, la vigencia de la licencia de conducir dependerá de la cláusula establecida con la A.T.T.T.
  • Una vez iniciado su trámite, el mismo deberá ser culminado en dicha sucursal.
  • No debe haber acumulado más de cincuenta (50) puntos en su historial de conductor, al momento de solicitar el trámite. [Requisito por ley 146 del 15 de abril de 2020, empieza a regir a partir del 15 de mayo de 2020]
  • Extranjeros con nuevo número de documento: para realizar trámite de licencia de conducir después de algún cambio de documento de identidad (pasaporte a pasaporte, pasaporte a cédula, cédula a pasaporte o cédula a cédula), los registros deben estar actualizados al nuevo número:
    Registro vehicular (se deben actualizar los vehículos que mantiene)
    Infracciones menores (los pendientes deben estar pagos y los arreglos de pago deben ser actualizados al nuevo número de documento)
    Pesos y dimensiones (los trámites de los vehículos que mantengan o que estuvieran relacionados a sus nombre, debieron culminar todos sus procesos, es decir el retiro de tarjetas y pagos)
     Juzgados de tránsito (restricciones y partes policivos deben estar resueltos o actualizados al nuevo número).
  • Licencias emitidas con restricción por la edad no serán homologadas, ni licencias internacionales.
    “No aplican licencias con categorías para conducir transporte público, artículo 113 acápite b.1. requiere “Ser panameño”.

REQUISITOS

  • Original y copia del carné de migración vigente
  • Original y copia del pasaporte ordinario vigente según la nacionalidad descrita en el carné de migración.

Importante: si eres panameño(a) o extranjero(a) con cédula tipo E- ó N, se debe presentar el original y copia de cédula de identidad personal vigente.Nota: 

  • Presentar la licencia de conducir original de tu país emisor, vigente con las características de seguridad señaladas por el gobierno español. No aceptamos licencias deterioradas. *Esta licencia debe ser entregada para que se pueda realizar el canje de licencia de conducir.
  • Certificación de la licencia de conducir emitido por la Embajada o Consulado de España en Panamá.
  • Cotejo de la licencia por parte de la Embajada o Consulado de España en Panamá.
  • Autenticar la firma de la certificación y cotejo de la licencia de conducir española, en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá.
  • En el caso de que la licencia no indique el tipo de sangre, se debe presentar el resultado de tipo de sangre y factor RH por un laboratorio autorizado por el Consejo Técnico de Salud Pública del Minsa (Debe tener sello y firma fresca del tecnólogo médico o laboratorista, número de documento y nombre completo).
  • Presentar resultado negativo de consumo de estupefacientes por un laboratorio autorizado por el Consejo Técnico de Salud Pública del Minsa. El resultado debe indicar el nombre completo, número de cédula para nacionales y número de pasaporte para extranjeros, con sello y firma fresca del tecnólogo médico o laboratorista, tiene un periodo de validez de seis (6) meses, a partir de la fecha de emisión del documento.
  • Presentar el certificado de buena salud física y mental con firma y sello fresca del médico. Debe indicar el nombre completo, número de cédula para nacionales y número de pasaporte para extranjeros, tiene un periodo de validez de seis (6) meses, a partir de la fecha de emisión del documento.
  • Realiza las validaciones visuales, auditivas, teóricas y prácticas.
  • Costo del trámite https://www.sertracen.com.pa/costos-de-licencia/
  • Se debe estar paz y salvo con la A.T.T.T.

Importante:

  • El pago debe ser realizado en la sucursal donde inició su trámite.
    Toda documentación aportada debe estar en buen estado y sin deterioros.
    *Aplica para todos los requisitos.
  • Todos los documentos presentados deben cumplir con los lineamientos de seguridad.
  • Para toda persona aspirante a una licencia de conducir a partir de los 70 años de edad deben presentar un certificado de buena salud física y mental por parte de un doctor especialista en medicina interna o geriatría. El documento debe tener el nombre completo, número identificador único: cédula para nacionales y pasaporte para extranjeros, sello y firma fresca del médico. Tiene un periodo de validez de seis (6) meses, a partir de la fecha de emisión del documento.
  • Todo extranjero registrado bajo un estatus migratorio limitado, solo podrá optar por las categorías A, B y C.
  • La emisión de la licencia de conducir está condicionada al cumplimiento de lo establecido en el reglamento de tránsito y que todos los requisitos estén vigentes al momento de la impresión del documento.
  • Los nombres y apellidos deben coincidir o ser iguales en todos los documentos o requisitos presentados.
  • Para los extranjeros con residencia temporal, la vigencia de la licencia de conducir se determina según la expiración del carné de migración o hasta cuatro (4) años; lo que ocurra primero.
  • Toda persona a partir de los setenta (70) años puede optar por la licencia de conducir con vigencia de dos (2) años.
  • Si se tiene un arreglo de pago activo, la vigencia de la licencia de conducir dependerá de la cláusula establecida con la A.T.T.T.
  • Una vez iniciado su trámite, el mismo deberá ser culminado en dicha sucursal.
  • No debe haber acumulado más de cincuenta (50) puntos en su historial de conductor, al momento de solicitar el trámite. [Requisito por ley 146 del 15 de abril de 2020, empieza a regir a partir del 15 de mayo de 2020]
  • Extranjeros con nuevo número de documento: para realizar trámite de licencia de conducir después de algún cambio de documento de identidad (pasaporte a pasaporte, pasaporte a cédula, cédula a pasaporte o cédula a cédula), los registros deben estar actualizados al nuevo número:
    –Registro vehicular (se deben actualizar los vehículos que mantiene)
    – Infracciones menores (los pendientes deben estar pagos y los arreglos de pago deben ser actualizados al nuevo número de documento)
    –Pesos y dimensiones (los trámites de los vehículos que mantengan o que estuvieran relacionados a sus nombre, debieron culminar todos sus procesos, es decir el retiro de tarjetas y pagos)
    – Juzgados de tránsito (restricciones y partes policivos deben estar resueltos o actualizados al nuevo número).
  • Licencias emitidas con restricción por la edad no serán homologadas, ni licencias internacionales.
    “No aplican licencias con categorías para conducir transporte público, artículo 113 acápite b.1. requiere “Ser panameño”.

Nota: Este tipo de trámite de realiza de forma presencial en todas las sucursales con previa cita.

REQUISITOS

  • Original y copia de carné de migración vigente.
  • Original y copia del pasaporte ordinario vigente de acuerdo a la nacionalidad descrita en el carné de migración.

Importante: si eres panameño(a) o extranjero con cédula tipo E- ó N, se debe presentar original y copia cédula de identidad personal vigente.

  • Presentar la licencia de conducir original de tu país emisor, vigente con las características de seguridad señaladas por el gobierno español. No aceptamos licencias deterioradas. *Esta licencia debe ser entregada para que se pueda realizar el canje de licencia de conducir.
  • Certificación de licencia de conducir emitido por la Embajada o Consulado de España en Panamá.
  • Cotejo de la licencia con firma y sello fresco por parte de la Embajada o Consulado de España en Panamá.
  • Autenticar la firma de la certificación y cotejo de la licencia de conducir española, en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá.
  • En el caso de que la licencia no indique el tipo de sangre, se debe presentar el resultado de tipo de sangre y factor RH por un laboratorio autorizado por el Consejo Técnico de Salud Pública del Minsa (Debe tener sello y firma fresca del tecnólogo médico o laboratorista, número de documento y nombre completo).
  • Presentar resultado negativo sobre consumo de estupefacientes de marihuana y cocaína, de un laboratorio autorizado por el Consejo Técnico de Salud Pública del Minsa (Debe indicar el nombre completo del usuario, número de identificador único: cédula de identidad para nacionales y pasaporte para extranjeros, sello y firma fresca del laboratorista). Tiene un periodo de validez de seis (6) meses, a partir de la fecha de emisión del documento.
  • Realizar la validación visual, auditiva, teórica y práctica.
  • Costo del trámite https://www.sertracen.com.pa/costos-de-licencia/
  • Se debe estar paz y salvo con la A.T.T.T.

Importante:

  • El pago debe ser realizado en la sucursal donde inició su trámite.
  • Toda documentación aportada debe estar en buen estado y sin deterioros.
    *Aplica para todos los requisitos.
  • Todos los documentos presentados deben cumplir con los lineamientos de seguridad.
  • Para toda persona aspirante a una licencia de conducir a partir de los 70 años de edad se debe presentar un certificado de buena salud física y mental por parte de un doctor especialista en medicina interna o geriatría. El documento debe tener el nombre completo, número identificador único: cédula para nacionales y pasaporte para extranjeros, sello y firma fresca del médico. Tiene un periodo de validez de seis (6) meses, a partir de la fecha de emisión del documento.
  • Todo extranjero registrado bajo un estatus migratorio limitado, solo podrá optar por las categorías A, B y C.
  • La emisión de la licencia de conducir está condicionada al cumplimiento de lo establecido en el reglamento de tránsito y que todos los requisitos estén vigentes al momento de la impresión del documento.
  • Los nombres y apellidos deben coincidir o ser iguales en todos los documentos o requisitos presentados.
  • Para los extranjeros con residencia temporal, la vigencia de la licencia de conducir se determina según la expiración del carnet de migración o hasta cuatro (4) años; lo que ocurra primero.
    Toda persona a partir de los setenta (70) años puede optar por la licencia de conducir con vigencia de dos (2) años.
    Si se tiene un arreglo de pago activo, la vigencia de la licencia de conducir dependerá de la cláusula establecida con la A.T.T.T.
  • Una vez iniciado su trámite, el mismo deberá ser culminado en dicha sucursal.
  • No debe haber acumulado más de cincuenta (50) puntos en su historial de conductor, al momento de solicitar el trámite. [Requisito por ley 146 del 15 de abril de 2020, empieza a regir a partir del 15 de mayo de 2020]
  • Extranjeros con nuevo número de documento: para realizar trámite de licencia de conducir después de algún cambio de documento de identidad (pasaporte a pasaporte, pasaporte a cédula, cédula a pasaporte o cédula a cédula), los registros deben estar actualizados al nuevo número:
    Registro vehicular (se deben actualizar los vehículos que mantiene)
    Infracciones menores (los pendientes deben estar pagos y los arreglos de pago deben ser actualizados al nuevo número de documento)
    Pesos y dimensiones (los trámites de los vehículos que mantengan o que estuvieran relacionados a sus nombre, debieron culminar todos sus procesos, es decir el retiro de tarjetas y pagos)
     Juzgados de tránsito (restricciones y partes policivos deben estar resueltos o actualizados al nuevo número).
  • Licencias emitidas con restricción por la edad no serán homologadas, ni licencias internacionales.
    “No aplican licencias con categorías para conducir transporte público, artículo 113 acápite b.1. requiere “Ser panameño”.
error: Content is protected !!